Carlos Mendosa


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EL PLAN DE DESARROLLO MUNICIPAL.

Por Carlos Mendoza.-El Plan de Desarrollo Municipal ya no es lo que era antes, a partir de la publicación de la nueva Ley Orgánica Municipal del 23 de marzo del año 2001, este documento dejó de ser solo eso, un documento de trámite para convertirse en un verdadero instrumento del cambio socio económico del municipio, ojo del municipio que se trate. El Plan de Desarrollo Municipal establece los Programas de la administración pública municipal. Las previsiones del Plan se refieren al conjunto de las actividades económicas y sociales y regirán el contenido de los programas y subprogramas operativos anuales, dice el referente al capítulo XI De la Planeación Democrática del desarrollo Municipal, en su artículo 105, Ley Orgánica Municipal. Este Plan de Desarrollo no se presenta por el ayuntamiento cuando ellos quieran o puedan, existe una temporalidad marcada por la Ley, la Orgánica Municipal que marca los primeros tres meses, para luego de su aprobación publicarse en el Periódico Oficial del Estado, su evaluación será anual, su vigencia por tres años pudiéndose hacer proyecciones que rebasen esta temporalidad, para que los encargados de este trabajo tan delicado e importante estructuren un Plan de verdadero desarrollo municipal, deberán de hacer un diagnóstico del municipio, así como las consultas y foros necesarios que prevé no solo esta ley Orgánica municipal, sino la Ley de Planeación Nacional y que están instrumentados en el Sistema Nacional de Planeación, de los contrario este documento y sus propuestas serán sacadas de la imaginación de aquellos que la hicieron desde sus muy particulares criterios, ahí le concedo el beneficio de la duda a mi amigo Gabriel Sánchez González, dentro de un margen estrecho y me vas a perdonar pero he estado preguntando y no se de ninguna persona que haya participado dentro del proceso exigible de recopilación de datos, ni se nos avisó o informó de nada de esto a los medios, en especial a este, Al Despertar, de cómo estructuraste e hiciste el Consejo de Planeación, ellos verán de actuar con la suficiencia técnica y ciudadana para ver de la consecución y vigilancia del Plan, este Consejo de Planeación es un órgano de participación social y consulta, auxiliar del Ayuntamiento en las funciones relativas a la planeación, el cual contará con la intervención de los sectores público, social y privado. ¿Cómo te anden apoyando?, sepa. ¿Están capacitados para hacerlo sus integrantes, por ejemplo tiene experiencia en Planeación?, la neta mi buen Gabriel yo creo que no, has de saber que la planeación no es algo que se saque de la manga, es en palabras del maestro Dr. José Luis Cezeña Cervantes (†)

"La Planeación no es una técnica, es la posibilidad para que las personas, los ciudadanos y las instituciones, tengan la posibilidad de cambiar sus perspectivas sociales dentro de un marco de congruencia y participación, es la planeación del desarrollo socio económico una alternativa social a la que le estorba y le sobra la palabra democrática, la Planeación Socioeconómica es per se democrática, si no, no es Planeación."

Además, este Plan de Desarrollo Municipal, que estás haciendo y de ser aprobado algún día y a su vez publicado, será el marco de referencia para el primero, segundo y último informe de Sabás, y no hay de otra y tu lo sabes ya que es obligatorio por que así lo dice la ley, así que ojalá y esté bien hecho, no que digo que esté muy, pero muy bien hecho, o la patria te lo va ha reclamar con la Ley en la mano.

 

 

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