EL PLAN DE DESARROLLO MUNICIPAL.
Por Carlos Mendoza.-El Plan de Desarrollo Municipal
ya no es lo que era antes, a partir de la publicación de
la nueva Ley Orgánica Municipal del 23 de marzo del año
2001, este documento dejó de ser solo eso, un documento de
trámite para convertirse en un verdadero instrumento del
cambio socio económico del municipio, ojo del municipio que
se trate. El Plan de Desarrollo Municipal establece los Programas
de la administración pública municipal. Las previsiones
del Plan se refieren al conjunto de las actividades económicas
y sociales y regirán el contenido de los programas y subprogramas
operativos anuales, dice el referente al capítulo XI De la
Planeación Democrática del desarrollo Municipal, en
su artículo 105, Ley Orgánica Municipal. Este Plan
de Desarrollo no se presenta por el ayuntamiento cuando ellos quieran
o puedan, existe una temporalidad marcada por la Ley, la Orgánica
Municipal que marca los primeros tres meses, para luego de su aprobación
publicarse en el Periódico Oficial del Estado, su evaluación
será anual, su vigencia por tres años pudiéndose
hacer proyecciones que rebasen esta temporalidad, para que los encargados
de este trabajo tan delicado e importante estructuren un Plan de
verdadero desarrollo municipal, deberán de hacer un diagnóstico
del municipio, así como las consultas y foros necesarios
que prevé no solo esta ley Orgánica municipal, sino
la Ley de Planeación Nacional y que están instrumentados
en el Sistema Nacional de Planeación, de los contrario este
documento y sus propuestas serán sacadas de la imaginación
de aquellos que la hicieron desde sus muy particulares criterios,
ahí le concedo el beneficio de la duda a mi amigo Gabriel
Sánchez González, dentro de un margen estrecho y me
vas a perdonar pero he estado preguntando y no se de ninguna persona
que haya participado dentro del proceso exigible de recopilación
de datos, ni se nos avisó o informó de nada de esto
a los medios, en especial a este, Al Despertar, de cómo estructuraste
e hiciste el Consejo de Planeación, ellos verán de
actuar con la suficiencia técnica y ciudadana para ver de
la consecución y vigilancia del Plan, este Consejo de Planeación
es un órgano de participación social y consulta, auxiliar
del Ayuntamiento en las funciones relativas a la planeación,
el cual contará con la intervención de los sectores
público, social y privado. ¿Cómo te anden apoyando?,
sepa. ¿Están capacitados para hacerlo sus integrantes,
por ejemplo tiene experiencia en Planeación?, la neta mi
buen Gabriel yo creo que no, has de saber que la planeación
no es algo que se saque de la manga, es en palabras del maestro
Dr. José Luis Cezeña Cervantes ()
"La
Planeación no es una técnica, es la posibilidad para
que las personas, los ciudadanos y las instituciones, tengan la
posibilidad de cambiar sus perspectivas sociales dentro de un marco
de congruencia y participación, es la planeación del
desarrollo socio económico una alternativa social a la que
le estorba y le sobra la palabra democrática, la Planeación
Socioeconómica es per se democrática, si no, no es
Planeación."
Además, este Plan de Desarrollo Municipal,
que estás haciendo y de ser aprobado algún día
y a su vez publicado, será el marco de referencia para el
primero, segundo y último informe de Sabás, y no hay
de otra y tu lo sabes ya que es obligatorio por que así lo
dice la ley, así que ojalá y esté bien hecho,
no que digo que esté muy, pero muy bien hecho, o la patria
te lo va ha reclamar con la Ley en la mano.
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